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De Juana y su deuda
22-07-2008 11:43:05

El etarra De Juana Chaos se ha puesto en huelga de hambre porque se siente presionado. Vaya sarcasmo. Solo le falta quejarse de ser objeto de un linchamiento por parte de las familias destrozadas por su aberrante manía de imponer sus ideas a golpe de pistola y  coche bomba. El lobo maltratado por los corderos, como en el poema de Agustín Goytisolo.

   Pero, para satisfacción de la gente bien nacida en este país, esta vez su chulería está teniendo muy poco recorrido. Eso es bueno, incluso para él, pues supone encaminarse con normalidad hacia la previsión legal que le pondrá en la calle el próximo 2 de agosto, después de haber saldado sus cuentas con la justicia.

   ¿Todas? Todas las que tenía pendientes hasta ahora. Hay una excepción, cuyo montante asciende a ocho millones de euros. Es la cantidad pendiente de pago a familiares de sus víctimas, por varias sentencias judiciales, en concepto de indemnización por los perjuicios causados. Ni un euro ha salido de su bolsillo para cumplir esa parte de la pena por haberse declarado insolvente. Por eso y porque, al parecer, la Justicia ha dado por buena esa declaración de indigencia patrimonial. Al menos hasta ahora.

   La novedad es que la Fiscalía General del Estado, amén de solicitar el embargo preventivo y fulminante de la vivienda de De Juana Chaos, ha reclamado del Juzgado competente de San Sebastián que investigue si el etarra, o su esposa, Irati Aranzabal, han incurrido en un delito de alzamiento de bienes para no hacer frente a esa deuda con los familiares de las víctimas de sus atentados. El alzamiento de bienes consiste en ocultarlos con intención de rehuir el pago de una deuda. Y, dicho sea de paso, se castiga con la cárcel.

   Lo que quiero decir es que, si prosperase la iniciativa de la Fiscalía, sustanciada el miércoles pasado por el fiscal Ignacio Gordillo, no habría que descartar una prolongación de la estancia en la cárcel de este sujeto o, en caso de que no procediera la prisión preventiva tras un eventual procesamiento de De Juana, una vuelta a la prisión cuando se le hubiera condenado por el delito de alzamiento de bienes.

   A la vista de los detalles que hemos conocido, especialmente los referidos a la propiedad de su vivienda de San Sebastián, hay pocas dudas de que la conducta del etarra responde con bastante fidelidad a la descrita en el artículo 258 del Código Penal.

   Dice así: "El responsable de cualquier hecho delictivo que, con posterioridad a su comisión y con la finalidad de eludir el cumplimiento de las responsabilidades civiles dimanantes del mismo, realizase actos de disposición o contrajera obligaciones que disminuyan su patrimonio, haciéndose total o parcialmente insolvente, será castigado con penas de prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses".

 
 
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